Nos salimos momentáneamente del ámbito de las TIC para hablar de algo que nos afecta a todos los empresarios y trabajadores: las medidas de “apoyo” a la economía que puedan ir saliendo.
Lo siento por el que sólo quiera leer noticias del sector, se que este blog es de informática, pero no quiero abrir otro, y este, al fin y al cabo, siempre ha tenido artículos de opinión ocasionales. Situaciones excepcionales llaman a medidas excepcionales.
Hace unos días publiqué un vídeo sobre las opciones que teníamos los empresarios ante esta situación de excepción:
Hoy os dejo el enlace al Real Decreto Ley 7/2020 donde aparecen las primeras medidas (esperemos que de muchas) para las empresas:
En el, lo más interesante para nosotros es lo siguiente:
Como veis se va a permitir a las empresas, con un volumen de operaciones en 2019 menor a 6.010.121,04 €, aplazar las deudas tributarias y cualquier declaración que se presente desde ahora al 30 de mayo, hasta seis meses. En los primeros tres meses no habrá intereses de demora.
“(…) aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones-liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, “
Hay que recordar que las deudas tributarias y declaraciones incluyen el IRPF.
Veamos ahora que pasa con los seguros sociales y de la cuota de autónomos.
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